Instituciones coloniales
– Corona:
A la cabeza de esta institución se encontraba
el rey, cuya principal función era atender el bien de su comunidad, desde la
cual emanaba su poder, sin poder usarlo para su propio beneficio.
Manejaba al resto de los organismos menores, los cuales estaban a su cargo y todos dependían de la decisión del monarca.
Manejaba al resto de los organismos menores, los cuales estaban a su cargo y todos dependían de la decisión del monarca.
– Consejo de
Indias: El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como
Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana
(América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva,
legislativa y judicial.
– Casa de
Contratación: En 1503 se estableció por decreto real la Casa de
Contratación de Indias en Sevilla, creada para fomentar y regular el comercio y
la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia
de Indias.
– Tribunal de
la Inquisición: Fue instituido en el año 1569 por el rey Felipe II y quedó
a cargo de una orden eclesiástica: los dominicos y en América solo se aplicó en
México y Perú.
Su principal y única
función era moderar las costumbres de la época, es decir, juzgar y procesar
todo lo que estuviera fuera de las costumbres normales de la Colonia.
Instituciones
americanas
– Cabildo:
El organismo que regía directamente los asuntos administrativos de cada ciudad
era el Cabildo. Velaba por los intereses de la comunidad e intentaba resolver
los problemas que la afectaban en materias tan diversas como aseo, ornato,
manejo de bienes públicos, etc. Dictaba normas para una buena convivencia y
reglaba los precios de algunos productos de primera necesidad, como el pan.
Sin embargo, sus
labores no terminaban ahí. Además de regular el correcto funcionamiento de los
asentamientos, los cabildos representaban el parecer de los ciudadanos ante el
rey. Si surgían controversias ante la implementación de alguna medida real,
existía el derecho a súplica, a través del cual se solicitaba al rey cambiar la
disposición legal en cuestión. Otro derecho ciudadano era el de representación,
donde se solicitaba la directa intervención real en asuntos que afectasen a la
comunidad o también se pedía la creación de instituciones que ayudasen a
resolver los conflictos.
– Real
Audiencia: La corona española designó a la Real Audiencia como el principal
tribunal de justicia civil y criminal en América. Su objetivo era velar por el
cumplimiento y la interpretación de las leyes; sin embargo, tras la
promulgación de las leyes de 1542 y 154 (denominadas Nuevas Leyes), pudo
involucrarse en asuntos de gobierno. En este sentido, fiscalizaba la labor
ejercida por los gobernadores y, de paso, les restaba poder.
Las reales audiencias
estaban integradas por un presidente (que podía ser el virrey, el gobernador o
un oidor decano), cuatro oidores o jueces, relatores y un fiscal. También
formaban parte de ellas otros funcionarios con menores responsabilidades, como
el teniente del gran canciller, el alguacil mayor, los escribanos, receptores y
procuradores.
Los fallos de la Real
Audiencia eran casi inapelables. La mayoría de los procesos era finiquitada en
esta instancia; solo los de mayor importancia y controversia eran presentados
ante el Consejo de Indias.
– Real
Hacienda: Este organismo se encontraba bajo la Casa de Contratación y el
Consejo de Indias y su principal función fue recibir o percibir el dinero
llegado a las arcas reales de las colonias y administrarlo adecuadamente.
Sus principales
funcionarios eran los tesoreros, contadores y los revisores. Éstos dependían de
la Real Audiencia y debían rendir fianza y presentar un inventario acerca de
todas sus posesiones para así evitar un enriquecimiento indebido.
– Virreinatos:
División territorial creada por Carlos I en 1542, la cual estaba a la cabeza
del virrey, representante más directo del rey, más alto funcionario en América
y tenía la facultad de resolver diversos asuntos como el propio monarca. Tenía
los títulos de gobernador y capitán general en su distrito y era el presidente
de la Real Audiencia.
Sus atribuciones eran
amplias: como gobernador administraba el virreinato, como capitán general
dirigía el ejercito y la escuadra y presidía la Real Audiencia. Le estaba
encomendado desde España y de manera especial el velar por la protección de los
indígenas.
– Gobernaciones:
Estaban a cargo del gobernador el cual poseía las mismas atribuciones del
virrey, aunque dependía de éste en ciertos aspectos.
A pesar de que el
gobernador estaba bajo el virrey, podía entenderse directamente con el monarca,
si lo encontraba necesario.
– Corregimientos:
Sus funciones eran :
presidir el Cabildo, pero sin derecho a voto, administrar justicia por causas
criminales, vigilaba el trato que se les daba a los indígenas y fiscalizaban la
forma en que los encomenderos cumplían las ordenanzas.
Dentro de su título
tenían el cargo de Justicia Mayor y Jefe Militar dentro de su jurisdicción,
como Jefe Militar se le concedió la designación de Capitán y luego de Teniente
del Capitán General.